JUZGADOS LETRADOS DE INSTANCIA UNICA DEL TRABAJO

LETRADOS DE INSTANCIA UNICA DE TRABAJO: 2010
Circ. 7/2010 DGSA (2/2/2010) Acor­dada 7675 del 1/2/2010.
1º.- Crear a partir del 1º de febrero de 2010 los Juzgados Letrados de Instancia Única del Trabajo de 1º, 2º y 3º Turnos, con competencia en asuntos de menor cuantía, los que funcionarán con una única oficina.- 2º.- A partir de la fecha indicada, los Juzgados constituidos por esta Acordada actuarán en los expedientes que les sean adjudicados en forma aleatoria, exclusivamente en todos los asuntos de materia laboral especializada a competencia establecida por los artículos 19 a 23 de la Ley nº 18.572.- 3º.- Los expedientes correspondientes a este procedimiento que se encuentren en trámite en los Juzgados Letrados de Primera Instancia del Trabajo de 1º a 14º Turnos y que dejarán de ser competentes, serán remitidos a la Oficina de Recepción y Distribución de Asuntos (ORDA) para su redistribución, en forma aleatoria, entre los creados.- Para su cumplimiento, las Oficinas Actuarias de los primeros nombrados, le remitirán los expedientes en un plazo máximo de 30 días a partir de la constitución de los juzgados de instancia única. Los expedientes que se encuentren en trámite fuera de las Sedes Letradas se remitirán una vez que sean reintegrados.- 4º.- Las facultades a que refiere la Acordada n° 7147 serán ejercidas durante el año 2010 por el Magistrado de 1º turno, continuando luego en forma anual y rotativa, tal como lo dispone la referida acordada.-

LETRADOS DE INSTANCIA UNICA DE TRABAJO: 2011
Circ. 40/2011 DGSA (6/4/2011) Acor¬dada 7699 del 15/9/2010 .
1°.- Transformar a partir del 6/4/2011 el Juzgado Letrado de 1ª Instancia del Trabajo de 15º turno en Juzgado Letrado de Instancia Unica del Trabajo de 6°turno.- 2°.- Declarar constituidos a partir del 6/4/2011 los Juzgados Letrados de Instancia Unica del Trabajo de 4°, 5° y 6º turnos, los que funcionarán con una única oficina.- 3°.- Los Juzgados constituidos por esta Acordada actuarán exclusivamente en todos los asuntos de su competencia que se inicien a partir de la fecha de su constitución hasta el 30/6/2011, los que les serán distribuidos en forma aleatoria por la Oficina de Recepción y Distribución de Asuntos (ORDA).- 4º.- A partir de dicha fecha, los Juzgados Letrados del Trabajo de Instancia Unica de 1°, 2°, 3°, 4° 5° y 6° turnos conocerán, en forma aleatoria, en todos los asuntos de su competencia.- 5º.- Las facultades a que refiere la Acordada n° 7147 serán ejercidas durante el año 2011 en las Sedes de 4º, 5º y 6º turnos, por el Magistrado de 4º turno, continuando luego en forma anual y rotativa, tal como lo dispone la referida acordada.- 6°.- La Oficina Actuaria del Juzgado Letrado de Primera Instancia del Trabajo de 15º turno, procederá de la siguiente manera: A) Enviará a la División Planeamiento y Presupuesto, por correo o vía fax, en el plazo de 5 días de la transformación de dicha sede: a) el Impreso de Módulo de Estadísticas del Sistema de Gestión (SGJ) 2011, a la fecha del cierre del juzgado; b) el Relacionado de Audiencias correspondiente al período 01.01.2011 al 05.04.2011, en el único impreso de los doce meses (no debiendo enviarse la impresión de causas de suspensión de audiencias) y c) completar el formulario de la Circular n° 132/2010, con el Conteo Manual de Expedientes en Trámite a la fecha del cese del juzgado. B) Remitirá los expedientes en trámite, en un plazo máximo de 30 días desde su transformación, a la (ORDA) para ser redistribuidos entre los Juzgados Letrados de 1ª Instancia del Trabajo de 1ºa 14º turnos.- 7º.- Los expedientes archivados o que estén en estado de ser archivados en el Juzgado que se transforma, permanecerán en la oficina de los Juzgados Letrados de 1ª Instancia del Trabajo de 1º y 4º turnos quien actuará en calidad de depositaria de los mismos.-

LETRADOS DE INSTANCIA UNICA DE TRABAJO: 2011
Circ. 81/2011 DGSA (25/7//2011) Acor¬dada 7709 del 20/7/2011 .
1°.- Disponer la prórroga del plazo de exclusividad de su competencia, que se había asignado por el art. 3° de la Acordada n° 7699 a los Juzgados Letrados de Instancia Única del Trabajo de 4º, 5º y 6º Turnos, desde el 1º. de Julio de 2011 hasta el 31 de Agosto de 2011.
2°.- Quedan vigentes todas las disposiciones que no se opongan a la presente

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